sábado, 25 de enero de 2014

El derecho a la vivienda ha de estar por encima de cualquier ley. ¡No nos rendiremos!

Después de muchos intentos de negociación con directores bancarios, y de analizar un y otra vez las conversaciones mantenidas, podemos tener una conclusión común a muchos de nuestros casos. 
 
Hasta el día de hoy, a algunos de nuestros/as afectados/as les han negado la posibilidad de renegociar su deuda porque, dicen, no es legal hacerlo. Porque legítimamente no cumplen los requisitos. No pueden hacerlo porque tienen cargas, deudas, embargos o como quiera que lo llamen. Y lo mismo sucede con los casos de dación en pago. Pero, ¿de verdad tenemos que asumir esto? ¿Aceptarlo sin más? ¿Cruzarnos de brazos y decir “no hay solución para este caso, esta familia se quedará sin vivienda porque así lo dice la ley”? No, nuestra lucha no se va frenar por este motivo. 
 
Esas cargas, embargos o deudas se colocan como excusa para no permitir ni dación, ni renegociación, ni alquiler, ni carencia ni ninguna otra solución que permita a las familias solventar sus problemas con la hipoteca. No merece la pena entrar en detalles jurídicos. En otras palabra, por una causa legal las entidades financieras son capaces de seguir con un proceso que puede terminar con la pérdida de la vivienda y la deuda de por vida.

Nos arrojan la legalidad como piedra y se parapetan tras ella pensando que nos retiraremos, vencidos. Pero si esta es la estrategia, están equivocados. Porque el que sea legal no quiere decir que sea justo. Y aquí comienza el lío. ¿Y el Artículo 47 de la ConstituciónEspañola? ¿Dónde queda entonces? El derecho a la vivienda es la razón fundamental y única de esta Plataforma, sea o no legal.

Cuando se habla con personas que trabajan para los bancos, con gentes de la administración, con hombres y mujeres de algunos partidos y con gran parte de ciudadanos/as, el derecho a la vivienda se relega o se subordina a las leyes del mercado, de la oferta y la demanda, a la de la economía europea o mundial, a la propiedad privada, etc. El diálogo resulta difícil, casi imposible.

Es necesario tener en cuenta la ley, conocerla y usarla. Incluso mejor que ellos. Pero a la par y por encima de esto el tenemos convencimiento innegociable de que el derecho universal es anterior a esas leyes. El derecho a una vivienda debe estar, por tanto, por encima de cualquier otro aspecto legal.

No se trata de una creencia, de una ideología o de una forma de vida que se pretende imponer al resto de la sociedad. Es mucho más simple: buscamos poner en práctica un derecho universalmente aceptado y que por su categoría de derecho fundamental no debe someterse a otras leyes de rango inferior.

El derecho a una vivienda digna y adecuada no es un capricho, un empeño o una manera de entender las cosas. Es, sencillamente, un derecho. A nivel práctico, ese convencimiento nos empuja a pasar por encima de esos impedimentos legales y no obliga a exigir la reestructuración, la carencia o la dación sean o no legales en la medida que posibilitan tener una vivienda digna y adecuada. En definitiva ley y derecho no responden a lo mismo.

Es necesario mantener muy claras estas ideas y con confundir ley y derecho. Es necesario conocer y usar la ley, sí, pero que en momentos determinados lo ilegal o lo alegal es, sencillamente, lo justo.
Y por esto en muchos casos nuestros planteamientos resultarán incomprensibles para ellos, para banqueros y políticos. Por eso nos esforzaremos hacerles ver que su postura es colaboracionista e impide el desarrollo de un derecho. 
 
Está claro que empieza a ser imprescindible hablar cada vez más de objeción de conciencia, obediencia debida y desobediencia civil. No debemos mirar a otro lado sin señalar a los ejecutores de un desahucio en sus diferentes pasos, por muy legales que sean sus actuaciones. Hay que ir cambiando la mentalidad de considerar persona de bien al que trabaja sin preguntarse si por su actividad es agente eficaz de la vulneración de un derecho. Cabe la posibilidad de que ética y moralmente sea culpable.

En definitiva: que Stop Desahucios Salamanca va a seguir adelante con más ganas. Y que lo que muchos/as llaman “legalidad” no va a ser ningún impedimento. ¡Sí se puede!

Nota-. Cuando hablamos de vivienda, en términos de procesos y cosas similares, entendemos que es la vivienda habitual, y que los impagos se producen por causas sobrevenidas y sin mala fe por parte del afectado/a.

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